La moción
presentada por el asambleísta Amado Díaz, fijó el sufragio electoral para el
tercer domingo del mes de mayo con representación de las minorías cuando haya
que elegir dos o más candidatos.
Santo Domingo, RD. La
Asamblea Nacional Revisora aprobó en primera lectura los artículos 209, 268,
274, y la inclusión del artículo 278 a la Carta Magna, así como las
disposiciones transitorias incluidas en las modificaciones, que indican que el
presidente de la República electo el tercer domingo de mayo del 2024, nunca más
podrá presentarse al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República.
Previó al inició de los trabajos legislativos de este martes, el
presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos, levantó el
receso y dio inicio a la 12:25 meridiano, al segundo día de los trabajos
legislativos, confirmando el quórum conformado por 26 senadores y 165 diputados
para un total de 193 asambleístas presentes de 222 convocados.
Después de confirmada la asistencia, el presidente de la Asamblea recordó
el tiempo de cinco minutos que deben usar los asambleístas para proponer
sugerencias de modificaciones a las propuestas sometidas por el Poder
Ejecutivo, y una duración de diez minutos según el protocolo para tomar turnos
de ponencias.
El diputado Amado Díaz presentó una propuesta de modificación para el
artículo 209 de la Carta Magna, de unificación de las elecciones presidenciales
y vicepresidenciales, congresuales y municipales, acogida por los asambleístas
con una votación de 168 de 208 presentes.
En lo adelante, el artículo 209 de la Carta Magna señala que las
asambleas electorales funcionarán en colegios electorales que serán organizados
conforme a la ley. Los colegios electorales se abrirán cada cuatro años para
elegir al presidente y vicepresidente de la República, a los representantes
legislativos, parlamentarios de organismos internacionales, a las autoridades
municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos. Estas
elecciones serán celebradas el tercer domingo del mes de mayo.
Con un total de 158 votos de 194 asambleístas presentes fue aprobada la
propuesta presentada por el presidente de la Asamblea Nacional Revisora,
Ricardo de los Santos. La disposición transitoria incluida en las
modificaciones a la Carta Magna prohíbe al presidente de la República electo el
tercer domingo de mayo del 2024, nunca más presentarse al mismo cargo, ni a la
vicepresidencia de la República.
Antes de sancionar el artículo 268, los asambleístas Ramón Rogelio
Genao, Antonio Taveras Guzmán y Pedro Catrain, motivaron las modificaciones a
la moción aprobada con 165 votos a favor de 196 asambleístas presentes.
El asambleísta Genao adelantó que al “modificar la Constitución las
llaves serán tiradas al mar”.
Mientras que, el presidente de la Asamblea, Ricardo de los Santos,
expresó que esta “iniciativa será aprobada a unanimidad porque viene a
robustecer y fortalecer lo que establece la Constitución”.
El artículo 268 de la Carta Magna, aprobado con modificación según
propuesta presentada por el asambleísta Pedro Catrain, refiere la forma de
gobierno y reglas de elección presidencial.
El mismo detalla que ninguna modificación a la Constitución podrá versar
sobre la forma de gobierno establecida en el artículo 4 de la Carta Magna, y
que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo. Indica
que tampoco podrá versar sobre las reglas de elección presidencial establecidas
en el artículo 124 de esta constitución.
La Asamblea Nacional Revisora, aprobó, además, la propuesta de la
asambleísta Olfanny Méndez, que sugirió la modificación del artículo 274 sobre
periodo constitucional de funcionarios electivos.
En lo referente al ejercicio electivo del presidente y el vicepresidente
de la República, así como los representantes legislativos, parlamentarios de
organismos internacionales, de las autoridades municipales y demás funcionarios
electivos, terminan el día 16 de agosto de cada cuatro años, fecha en que se
inicia el correspondiente período constitucional con las excepciones previstas
en la Constitución.
El párrafo 1 establece que, cuando un funcionario electivo cese en el
cargo por muerte, renuncia, inhabilitación u otra causa, quien lo sustituya
permanecerá en el ejercicio del cargo hasta completar el período
constitucional.
En los trabajos legislativos realizados en el Salón de la Asamblea
Nacional, se sancionó el artículo 278, propuesta del asambleísta Pedro Catrain,
con modificaciones, estableciendo que ningún funcionario de elección popular
podrá beneficiarse de una reforma constitucional realizada durante su mandato,
aunque esta verse sobre las reglas de postulación, elección y permanencia del
cargo que ocupa.
Con un total de 159 votos de 199 congresistas presentes, fue aprobada la
modificación a la Carta Magna que refiere en su disposición transitoria que en
el caso de que el presidente de la República correspondiente al periodo
constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el periodo
constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo
ni a ningún otro periodo así como tampoco el vicepresidente de la República.
La propuesta de modificación fue presentada por la asambleísta Aracelis
Villanueva, que se refiere a dicha disposición transitoria de la Constitución.
En los trabajos legislativos de este martes, los asambleístas
presentaron 12 sugerencias de modificaciones transitorias, a las cuales el
presidente de la Asamblea dio lectura y presentó para su posterior rechazo o
aprobación.
El presidente de la Asamblea Nacional Revisora, Ricardo de los Santos,
recordó a la Comisión de Estilo y Verificación que tienen 48 horas para
entregar el resultado de las verificaciones sobre las modificaciones
realizadas.
También convocó a la Asamblea Nacional Revisora para el próximo lunes
14, a las 2:00 de la tarde.
Las arduas labores legislativas concluyeron pasadas las 5:48 pm.,
después de seis horas corridas de trabajos con un quórum de 182 asambleístas
presentes en el Salón de la Asamblea Nacional.