El órgano persecutor del
delito destacó la solidez de la acusación presentada en contra de los
acusados
SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Acogiendo la solicitud del
Ministerio Público, el Juzgado de la instrucción del distrito judicial de
Puerto Plata dicto auto de apertura a juicio en contra del pelotero
profesional Wander Franco, por abuso de una adolescente, y en contra
de la madre de la misma, por explotación sexual y lavado de activos.
La
decisión fue tomada este jueves por el juez Pascual Francisco Valenzuela, quien
mantuvo, para ambos acusados, la medida de coerción, consistente en
presentación periódica.
Los
fiscales Claudio Cordero, de la Procuraduría Especializada Antilavado de
Activos y Financiamiento del Terrorismo, y José Martínez Montán, de la Fiscalía
de Puerto Plata, destacaron la solidez de la acusación presentada por el
Ministerio Público, la cual señalan fue valorada por el juez Francisco
Valenzuela para enviar a los acusados a juicio.
“Entendemos
que es una acusación firme y el tribunal así lo entendió. Las pruebas
presentadas por el Ministerio Público vinculan estrechamente a los acusados con
la tipología descrita en la acusación”, explicó Cordero.
El
expediente acusatorio señala que la conducta de Franco Aybar, viola
las disposiciones del Principio V, de los artículos 25, 396 literales B y C,
409 y 410, el de la ley 136-03, que es el Código para el Sistema de Protección
de los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, los artículos
265, 266 y 331 del Código Penal Dominicano, así como, los artículos 3 de la Ley
137-03 Sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata De Personas.
En
cuanto a la madre, de quien se omite el nombre por razones legales, el
Ministerio Público establece, que esta incurrió en la violación a las disposiciones
del Principio V, los artículos 25, 396 literal B, 409 y 410, de la ley 136-03,
que es el Código para el Sistema de Protección de los Derechos Fundamentales de
Niños, Niñas y Adolescentes, los artículos 2 numeral 1, 11 y 15, artículo 3
numerales 1, 2 y 3, artículo 9 numerales 2 y 7 de la ley 155-17, sobre Lavado
de Activos y Financiamiento del Terrorismo, los artículos, 265, 266 del Código
Penal Dominicano, así como, los artículos 3 y 7 de la Ley 137-03 Sobre Tráfico
Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.