Hamburguesas hechas con carne vegetal fotografiadas en la sede del grupo suizo Firmenich, uno de los principales fabricantes de aromas del mundo, en Satigny, cerca de Ginebra, el 30 de junio de 2021.
El sector ganadero reivindicaba esta norma desde hacía tiempo porque
consideran que términos como “escalope vegetariano” confunde al consumidor en
los supermercados donde en los últimos años los estantes se han llenado de
productos sin carne, vegetarianos, pero con nombres que hacen referencia a
tipos de carne o cortes.
El Gobierno
francés ya intentó reglamentar este asunto con un decreto en junio pasado, pero
fue suspendido por el Consejo de Estado.
El nuevo texto establece dos listas de términos reservados a
los productos de origen animal o que contienen muy pocas proteínas vegetales.
Entre los
"términos que no podrán utilizarse para designar productos alimenticios
que contengan proteínas vegetales" figuran filete, solomillo, escalope,
bistec, jamón o paletilla.
Los términos que hacen referencia a los nombres de especies o
grupos de especies animales, o a la morfología o anatomía animal, también están
prohibidos cuando se comercializa o promociona un producto que contiene
proteínas vegetales.
Algunos términos pueden utilizarse para designar productos
alimenticios "de origen animal que pueden contener proteínas
vegetales", siempre que se respete un porcentaje máximo de ingredientes
vegetales.
Se trata de
productos en los que los ingredientes vegetales "no sustituyen a los
alimentos de origen animal, sino que se añaden como complemento de estos
últimos en el contexto de estos montajes".
Algunos ejemplos son el bacon, chorizo, pastrami, paté,
salchichas o jamón. El contenido máximo de proteínas vegetales oscila entre el
0.1% de un huevo entero líquido y el el 5% de una salchicha.
También sigue autorizado el uso de términos del reino animal
para los aromas.
El Decreto
publicado hoy, entrará en vigor dentro de tres meses y prevé multas máximas de
1,500 euros para los particulares y de 7,500 euros para las empresas. Se ha
establecido un periodo de transición de un año para liquidar las existencias.