Santo Domingo, RD. La Tercera Sala de la Suprema Corte
de Justicia rechazó un recurso de casación en contra de una sentencia que
declaró lesivo al interés colectivo la construcción del Aeropuerto Internacional
de Bávaro (AIB) y que ordenaba la paralización de la misma.
El tribunal, presidido por los jueces Manuel Alexis
Read Ortiz, Manuel Herrera Carbuccia y Anselmo Alejandro Bello, tomó la
decisión al rechazar un recurso de casación interpuesto por el AIB, contra la
decisión dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Aduce la sentencia que
Moisés Ferrer Landrón no firmó la decisión por haberse deliberado y fallado
durante su periodo de vacaciones y el magistrado Rafael Vásquez Goico, no la
firmó por razones de inhibición, según consta en el acta de fecha 28 de octubre
pasado.
El alto tribunal judicial del país consideró que el
TSA al dictar el fallo rechazando un recurso contencioso contra la decisión del
Instituto de Aviación Civil (IDAC), no incurrió en los vicios denunciados por
la parte hoy recurrente, por lo que decidió rechazar el presente recurso de
casación.
Con esta decisión en
contra del AIB , se caen los argumentos de ese proyecto, al disponer la
autoridad judicial la paralización indefinida del mismo. De forma unánime, los
magistrados de la Tercera Sala, legitimaron así el paso dado por el IDAC y que
efectivamente impide a los patrocinadores del AIB desarrollar el proyecto.
La sentencia fue evacuada
el 22 de diciembre y en su inciso 74, señala que a pesar de haber sido
convocada la parte interesada en varias ocasiones no acudió al llamado a
comparecer ante la administración para presentar su medio de defensa y aportar
la documentación que entendiere pertinente. Aduce que, en ese sentido, se
constata el hecho de que tal como apuntaron los jueces del fondo, la
administración dio cumplimiento a las garantías mínimas del debido proceso y
que por parte la parte recurrente no puede prevalerse de su propia falta, por
haberse ausentado sin causa justificada de la convocatoria realizada por la
administración.
Reacción
Miguel Valerio, abogado
de la Corporación Aeroportuaria del Este, propietaria del Aeropuerto
Internacional de Punta Cana y del Grupo Punta Cana declaró que la Suprema Corte
de Justicia (SCJ), órgano de mayor jerarquía jurisdiccional en el sistema
judicial dominicano, rechazó el recurso del Aeropuerto Internacional de Bávaro
(AIB) que buscaba invalidar la declaración que lo calificaba de lesivo al
interés nacional emitida por el Instituto de Aviación Civil (IDAC) y, de paso,
desestima el proyecto tal como fue concebido y aprobado originalmente.
Valerio declaró que la
sentencia evacuada por la Suprema Corte de Justicia, en el último tramo del
recorrido judicial da la razón a quienes criticaron el procedimiento por
corrupción, e incluso, desautoriza el decreto del Poder Ejecutivo, emitido en
el período de transición, que aprobaba el proyecto AIB, impulsado por Abraham
Hazoury junto a otros socios por medio del Grupo Abrisa.
Explicó que las decisiones de la Suprema Corte de
Justicia son inapelables, por lo que la prohibición para construir el
aeropuerto Internacional de Bávaro, por ser lesivo al interés nacional como
determinó la dirección actual del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC),
adquirió categoría de la cosa irrevocablemente juzgada, que “según nuestro
ordenamiento legal es el carácter de impugnabilidad que en determinado momento
adquiere la resolución judicial y pone fin al mismo”.
El jurista indicó que
“Conforme con el artículo 26 literal r) de la Ley núm. 491-06 de Aviación
Civil, la facultad legal en la materia que tiene el titular del Poder
Ejecutivo, és la de impartir su aprobación o no a la decisión del IDAC de
establecer un aeropuerto en un lugar determinado, por lo que excede su
competencia, al determinar, en el decreto núm. 270-20, de fecha 21 de julio de
2020, de manera directa, quién será la empresa beneficiaria de su construcción
y operación, así como autorizar la firma de un contrato con el Estado
dominicano”, se indica en el apartado 55 de la sentencia.
Manifestó que la decisión
dictada por la Tercera Sala de la SCJ a unanimidad repasa a fondo las
argumentaciones que aportó el IDAC durante este gobierno para la declaratoria
de lesividad y pone en evidencia que todo el proceso de aprobación del AIB
estuvo viciado, ya que. “En el caso de la autorización del Aeropuerto
Internacional de Bávaro, como infraestructura de titularidad privada, se
observa que no fueron respetadas las reglas de competencia y debido proceso administrativo”,
señala la sentencia hecha pública la semana pasada.
Igualmente explicó que en las argumentaciones de la
alta corte se consigna la obligatoriedad que tiene el Estado de licitar la
construcción de un nuevo aeropuerto al señalar que “los permisos, licencias,
autorizaciones, concesiones, que sean solicitados por particulares en materia
de infraestructuras, deben ser adjudicados por los procedimientos previstos en
sus respectivas legislaciones sectoriales, y en casos, como acontece en el
ámbito de la legislación sectorial aplicable en materia de infraestructuras
aeroportuarias, el procedimiento de licitación establecido en la Ley núm.
340-06 del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes,
Servicios, Obras y Concesiones y sus modificaciones, a fin de garantizar los
principios constitucionales de transparencia, publicidad e igualdad”.
El jurista señaló que, de manera taxativa, la Tercera
Sala de la SCJ determinó que, con la formalización del inicio del proceso de
construcción y fiscalización del Aeropuerto Internacional de Bávaro, sin
previamente agotar un procedimiento de licitación, se transgredieron también
los principios constitucionales de publicidad, transparencia, igualdad y buena
administración.
Valerio recordó que la justicia dominicana había
fallado en contra de la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro
mediante la evacuación de siete sentencias en su contra, ya que el mismo “es un
proyecto sin sentido e innecesario”. declaró que además de esas siete
decisiones judiciales, también se suma la resolución del Ministerio de Medio
Ambiente y Recursos Naturales del 12 de septiembre de 2022, que anuló la
licencia ambiental que favorecía esa obra, “corrigiendo así las irregularidades
que se cometieron a finales del Gobierno pasado, con lo cual se reafirma el
fortalecimiento de las instituciones y de la seguridad jurídica en la República
Dominicana”. Fuente Listin Diario