Santo Domingo, RD.-El método de
encuesta para seleccionar candidatos del orden municipal y congresual para los
comicios del 2024, ha sido cuestionado por militantes de varias organizaciones
políticas, que ante la inconformidad con los resultados divulgados han llevado
demandas al Tribunal Superior Electoral (TSE).
Una muestra
del malestar que se ha generado se evidencia en el rol de las audiencias
celebradas ayer por el TSE.
De doce expedientes que los jueces contenciosos electorales
tenían pautados conocer, siete corresponden a impugnación de los resultados de
escogencia de candidatos mediante sondeos realizados por empresas contratadas
por los partidos Revolucionario Moderno (PRM), Fuerza del Pueblo y de la
Liberación Dominicana (PLD).
En el primer
caso, el señor Isaías Antonio Santos Villegas presentó una solicitud de nulidad
de encuestas de elección de candidato a diputados de la provincia San Juan de
la Maguana por el PLD.
El TSA, que preside el magistrado Ygnacio Camacho, aplazó esa
audiencia para el martes 21 de noviembre, a fines de la comunicación de
documentos entre las partes.
Otra demanda de impugnación contra resultados de encuestas
fue sometida ante el TSE por Antonia Rodríguez Batista, contra la resolución
número 056, emitida por la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CENI) del
PRM, el 9 de octubre de 2023.
En ese
proceso figura como interviniente forzoso el Centro Económico del Cibao, que
realizó la encuesta.
El TSE aplazó el conocimiento de la demanda para el viernes
24 de noviembre, para permitir que las partes lleguen a un acuerdo, a solicitud
de la barra de defensa de la demandante.
Mediante otro recurso, fueron impugnados los resultados de
encuesta dados a conocer por el Centro de Estudios Sociales y Políticos (CESP),
contratada por la Fuerza del Pueblo para escoger los candidatos a regidores en
la circunscripción número 3 del Distrito Nacional.
Fue
interpuesto en contra del Partido Fuerza del Pueblo, de la encuestadora Centro
de Estudios Sociales y Políticos (CESP), contra Carlos Blanco y los miembros de
la comisión elegida para llevar a cabo el proceso de selección de las
candidaturas.
Los impugnantes son Wagner Hernández Méndez, Pedro Green
Mejía, Manuel Antonio Mateo, Eladio Alberto Sánchez, Bronny Méndez, Laura
Teresa Román, Narciso Polanco Pérez, Tania Sandoval y Gregorio Ureña, quienes
cuestionan el procedimiento usado por la firma encuestadora para realizar el
sondeo.
La audiencia fue aplazada acogiendo una petición de la
defensa legal de la Fuerza del Pueblo, que alegó presentará una demanda en
intervención forzosa para incluir en el proceso a los candidatos ganadores
mediante la encuesta, a fin ponerlos en conocimiento y tengan la oportunidad de
defenderse.
El
presidente del TSE precisó que se aplaza el proceso para dar la oportunidad a
la parte demandada de que pueda poner en causa las personas que entiendan sea
de su interés que estén presentes y participen. La audiencia fue fijada para el
martes 21 de noviembre, a las 9 de la mañana.
Otra demanda fue incoada en contra de los resultados
electorales para el proceso de selección de candidatos a regidor para la
primera circunscripción del Distrito Nacional de la Fuerza del Pueblo, mediante
encuesta realizada por el Centro de Estudios Sociales y Políticos (CESP
RESEARCH)
Esta instancia fue sometida por Paulino Ureña Guerrero,
Miguel Ángel Cruz García, Félix Heureaux Mártir, Marcranchof Augusto Polanco,
Arístides Ovalles, y Ricardo Carvajal.
Esa audiencia también fue aplazada para el viernes 24, dado a
que las partes están en proceso de arribar a un acuerdo.
En otro expediente similar, fue promovida la nulidad del
proceso de elección realizado por la Comisión Nacional de Elecciones Internas
(CNEI) del PRM mediante la modalidad de encuestas, a través de la resolución
número 57-2023, emitida el 11 de octubre del 2023. Fue presentada por Rodolfo
Antonio Valera Grullón contra el PRM, su presidente José Ignacio Paliza y la
CNEI.
Este caso fue aplazado a fin de dar paso a la comunicación de
documentos entre las partes.
Recurso de amparo
Igualmente, en el rol estaba pautado el conocimiento de una
“solicitud de amparo por vulneración del debido proceso, derecho a la igualdad
y negación de entrega física de resultados de encuestas, a los fines de
validación de candidato o candidata para el nivel de la alcaldía de Bisono
Navarrete, provincia Santiago.”
Fue incoada por la señora Keyla Altagracia Hernández Muñoz,
quien luego presentó desistimiento ante el TSE de la demanda contra el PRM y su
Comisión Nacional de Elecciones Internas.
Ordena entrega de resultados
Fue conocida una acción de amparo interpuesta por la señora
Dayna Manzano de los Santos, la cual quedó en estado de fallo.
La semana pasada, el Tribunal ordenó al PRM depositar la
ficha técnica usada por la firma encuestadora registrada en la Junta Central
Electoral (JCE), que realizó los trabajos de investigación a nivel de Diputados
en la provincia La Romana.
Legalidad de esta modalidad de
elección
La modalidad de las encuestas para la selección de
candidaturas está establecida en el artículo 46, párrafo I, de la ley 33-18, de
partidos, agrupaciones y movimientos políticos. Ese método fue regulado por el
Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) mediante la resolución número
30-2023, que estableció los lineamientos que seguirán las organizaciones
políticas para la selección de candidaturas mediante convenciones y encuestas.
Esa resolución dispuso que los resultados del trabajo de
campo deban ser sometidos al conocimiento y aprobación de las máximas
autoridades del partido que lo encargó, sin lo cual no podrán ser consideradas
válidas.
Estableció, además, que las encuestas deben ser solicitadas
por las autoridades de los partidos y que solo estas podrán divulgar sus
resultados.
“Los informes o resultados presentados por las empresas son
del dominio exclusivo de las organizaciones partidarias que las han solicitado,
por tanto, serán estas quienes los darán a conocer”, determinó el Pleno de la
JCE en la resolución 30-2023.
Eliminación del método de encuestas
El senador Lenin Valdez, representante de Monte Plata por el
PRM, anunció que sometió un proyecto de ley para modificar la ley de partidos,
con el propósito de eliminar la modalidad de encuesta para la selección de
candidatos.
La propuesta legislativa fue presentada luego que éste no resultara favorecido para su repostulación, en la encuesta que realizó su partido, por lo que impulsa una reforma legal para que sea anulado ese método. Por: Wanda Mendez, Listin Diario