Santo
Domingo, RD.
La Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró este viernes
inadmisible la acción de amparo interpuesta por el exdirector de la Oficina
para el Reordenamiento del Transporte (Opret), Diandino Peña, para que le ordenara
a la Cámara de Cuentas darle acceso a un informe de su gestión en esa
institución.
El tribunal,
conformado por los jueces Antonio Sánchez Mejía (presidente), Franny González y
Alina Mora, adoptó la decisión tras acoger la petición del Ministerio
Público, que estuvo representado en el proceso por la procuradora fiscal
Rosa Alba García, de la Dirección General de Persecución del Ministerio
Público.
El
medio de inadmisión fue planteado por las partes accionadas, la Procuraduría
General de la República, la Procuraduría Especializada de Persecución de la
Corrupción Administrativa (Pepca), la Procuraduría General Administrativa y la
Cámara de Cuentas, “por
ser notoriamente improcedente”.
Diandino Peña
interpuso el amparo, de fecha 10 DE FEBRERO DE 2023 , por intermedio de
sus abogados Manuel Fermín Cabral, Juan Antonio Delgado, Pedro Balbuena y Gilbert
de la Cruz Álvarez, para tener acceso al informe de la Opret durante el período
del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017.
La auditoría fue
realizada en el transcurso de la investigación especial sobre la construcción
del Metro de Santo Domingo, cuando
Peña estuvo al frente de la Opret.