Santo Domingo, RD.- La Procuraduría General de la
República (PGR), a través de la Inspectoría General del Ministerio Público y la
Dirección Nacional Contra la Violencia de Género, se encuentra investigando las
particularidades del proceso que vinculaba a la hoy occisa Chantal Jiménez,
quien resultó muerta el pasado sábado de manos de su feminicida Yensy Graciano
Cepeda (expareja), quien se habría suicidado tras cometer tan nefasta acción.
A Graciano Cepeda le habría sido notificada una Orden de Protección en
fecha 5 de abril del corriente.
La Procuraduría General de la República dijo que espera a concluir las
investigaciones relativas a este caso, con la finalidad de tomar las acciones
que correspondan, a fin de evitar la ocurrencia de hechos similares.
Mediante un comunicado de prensa explicó que investiga si se
violaron las instrucciones generales para la prevención y persecución de los
casos de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales, específicamente
el numeral 5, relativo al desistimiento de la víctima.
Recordó que el numeral 5 de dichas instrucciones establece sobre el
desistimiento de la víctima: “cuando una víctima desiste de su denuncia o
proceso, esta acción para nada compromete el accionar del Ministerio Público,
que debe procurar siempre, a parte del testimonio de la víctima, otros
elementos probatorios por si se produce tal circunstancia. Recordamos que estos
delitos son de orden público y, no obstante, deben continuarse hasta el final.
La víctima desiste por estar envuelta en el Síndrome de la Mujer Maltratada,
por no reconocerse como víctima, por la presión social a la que es sometida y
por la vergüenza que siente sobre lo que pasa”.
Indican que: “en consecuencia queda totalmente prohibido levantar actas
de compromisos, en materia de violencia de feminicida. A tales fines, la
postura del Ministerio Público deberá permanecer invariable, a pesar de que la
víctima como consecuencia del Síndrome de la Mujer Maltratada o la indefensión
aprendida, quiera establecer un acuerdo. Es importante tener en cuenta que,
para acordar, el consentimiento de las partes no puede estar viciado y una
mujer que tiene su vida en riesgo frente a su verdugo agresor carece de
libertad para convenir al margen de las secuelas que deja la violencia
feminicida.
La PGR destacó que investiga también si se tomó en cuenta el contenido
de las instrucciones en los siguientes aspectos.
El numeral 4 de las instrucciones sobre el tipo y forma de las heridas o
golpes, el cual indica que: “una manera efectiva para determinar si la víctima
está en riesgo de muerte, es prestando mucha atención en el tipo de golpes y
heridas proferidos. Señalamos un significado de alta importancia las agresiones
en el cuello, la caja torácica o en las manos cuando han sido consecuencia de
evitar una agresión en las partes del cuerpo antes mencionadas, el fiscal no
solo debe ver la incapacidad médico legal, ya que estos casos son de
altísimos riesgos feminicida”.
Respecto a las armas de fuego, las instrucciones señalan: “deberá ser
retenida toda arma de fuego, sin importar que sea de porte y tenencia legal,
cuando estas estén en posesión de un acusado de violencia de género,
intrafamiliar y sexual, especialmente cuando este ha sido parte de la violencia
o amenaza infringida”.
Las instrucciones fueron remitidas a todo el Ministerio Público del país en el mes de noviembre del año 2020, por la procuradora general Miriam Germán Brito.