Santo
Domingo, RD.
La
Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca) intimó ayer por acto de
alguacil al administrador de la Lotería Nacional, a Impuestos Internos y al
Ministerio de Hacienda, para que se abstengan de cobrar impuestos a todos los
dueños de bancas que se han inscrito en el programa de regulación hasta que
culmine el proceso iniciado en octubre pasado.
El
presidente de Fenabanca, Juan Antonio del Jesús del Jesús, actuando a través
del abogado Franklin Cubeiro Rijo, solicita al administrador de la Lotería,
Teófilo Quico Tabar, que “proceda a paralizar cualquier acción de índole
impositiva, toda vez que no ha sido concluido dicho proceso de validación de
las bancas inscritas”.
En
febrero pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la la resolución
061-2022 que crea y establece los lineamientos y requisitos para la
regularización de bancas de loterías.
La norma
se alinea con el Decreto 63-22, del 9 de febrero de 2022, que declaró de
interés nacional la regularización de las bancas de lotería que operan en el
país.
La
resolución del Ministerio de Hacienda establece la designación de Teófilo José
Tabar Manzur como director provisional, a título honorífico, de la Dirección de
Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda con el encargo de
implementar el plan de regularización de las bancas de loterías.
Según el
artículo segundo de la resolución, los propietarios de establecimientos
afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las
concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes
y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse -mediante
documento escrito y formal- a presentar en esos 120 días una lista de todas las
bancas de lotería de su propiedad independientemente de su estatus legal.
Asimismo,
la resolución ordena a cada persona física o jurídica “que preste servicios de
desarrollo, diseño, mantenimiento, actualización, operación o comercialización
de sorteos de terminales de quiniela o cualquier otro juego de azar, a
completar un registro para su acreditación ante el Ministerio de Hacienda”.
Agrega
que deberán remitir el nombre o razón social, número de cédula o Registro
Nacional de Contribuyente (RNC), lista de clientes del sector de loterías,
inventario de todos los puntos de ventas y descripción o referencias del
software que opera el o los puntos de ventas y cualquier otra información a
requerimiento del Ministerio de Hacienda.
En su
artículo tercero, la disposición obliga a los establecimientos a
interconectarse con el sistema de control, supervisión, monitoreo y
autenticación de las operaciones de bancas de loterías del Ministerio de
Hacienda.
Prohibición
La resolución emitida en febrero pasado establece que una vez cumplido el plazo
de los 120 días, quedará prohibida por dos años la emisión de nuevos permisos o
licencias para nuevas bancas de loterías y concesión de loterías electrónicas
por parte de Hacienda. Por: Ramón Cruz
Benzán, para listín diario