Santo Domingo, RD.-El proyecto de Ley en contra de la ciberdelincuencia remitido al Congreso Nacional por el presidente de la República, Luis Abinader, podría sancionar a un ciudadano con hasta cuatro años de prisión por publicaciones discriminatorias.Al menos, esto en lo que estipula el artículo 17 de esta pieza legislativa, en la que se indica que aquellos sean declarados culpables de haber usado un sistema de información para difundir alguna cuestión de carácter discriminatorio por ideología, color de piel, etnia, nacionalidad, religión, género u orientación sexual, enfrentaría una pena desde tres meses a cuatro años de cárcel.
También,
el proyecto de ley establece una multa equivalente a desde los 200 a 500
salarios mínimos del sector público.
Proveedores
de servicios
Igualmente, este artículo contiene otro párrafo en el que se señala los
proveedores de servicios, a través de los que fue difundido el material
discriminatorio, tendrán 24 horas para eliminar las referidas publicaciones.En
caso de que no se cumpla con esto, precisa, serían multados con 200 salarios
mínimos.
¿Qué son los sistemas de infomación?
Son aquellos dispositivos que sirvan para generar, enviar, recibir, archivar o
procesar información, documentos digitales y mensajes de datos. A continuación,
el artículo inédito:“Artículo 17. Discriminación. El que, a través de un
sistema de información, difundir o poner a disposición material y
publicaciones de carácter discriminatorio por ideología, raza, color,
ascendencia u origen nacional o étnico, de género, orientación sexual y
religión será sancionado con la pena de tres meses a cuatro años de prisión y
multa de doscientas a quinientas veces el salario mínimo del sector público.
Párrafo. Los proveedores de servicios deberán eliminar en un plazo de
veinticuatro horas el material y publicaciones de carácter discriminatorio
que se les haya notificado.
En caso
de no cumplir con la orden de eliminar dicho contenido podrán sancionados con
multas de doscientas veces el salario mínimo del sector público”.
Injuria y
difamaciónLa pieza legislativa abarca delitos como la difamación y la
injuria, en caso de que se cometan mediante un sistema de información.Para la
difamación la pena de prisión oscilaría entre dos a cinco años, con una multa
entre 200 y 500 salarios mínimos, mientras que la injuria sería castigada con
esa misma multa, pero sin tiempo encarcelado.Sin embargo, en ambos, la
persecución del delito de difamación se promoverá a través de acción pública a
instancia privada, o acción penal privada.
De qué se trata
Cuando oye los términos “ciberdelincuente” o “hacker”, ¿qué imagen le viene a
la cabeza? ¿Un tipo turbio, tal vez con una sudadera negra con capucha,
metido en un sótano oscuro mientras teclea furiosamente? Aunque esa imagen
está en el subconsciente colectivo gracias a las películas y la televisión,
los ciberdelincuentes de verdad son muy distintos: la ciberdelincuencia está
increíblemente organizada y profesionalizada.
Los
ciberdelincuentes compran y venden malware en línea (normalmente en la red
oscura) y comercian con servicios que prueban la robustez de un virus, paneles
de inteligencia empresarial que controlan la implementación de malware y
soporte técnico (cuentan con una línea de asistencia para solucionar
problemas con su servidor ilegal o cualquier otra maldad).
La
profesionalización y proliferación de la ciberdelincuencia supone un coste
anual enorme en daños que sufren personas, empresas e incluso Gobiernos.