El
Ministerio de Salud Pública, presentó la resolución 000066, que actualiza la
000018 de mayo del 2015, la cual declara lugares libres de humo a todos los
establecimientos de salud públicos y privados del país.
El titular de Salud,
doctor Daniel Rivera, indicó que el tabaquismo representa un factor de riesgo
para diversas enfermedades y las personas que están expuestas al humo del
tabaco, aunque no sean fumadoras, corren igual riesgo.
La resolución,
además de la Ley General de Salud 42-01, está basada en lo que establece la Ley
48-00, del 26 de julio de 2000, que prohíbe fumar en tres escenarios: lugares
cerrados bajo techo de uso colectivo, vehículos públicos destinados a
transporte de pasajeros y vuelos de transporte de pasajeros nacionales e
internacionales.
Por tanto, "los
hospitales y otros centros de salud son los lugares menos idóneos para fumar
porque las personas demandan servicios de salud y si se exponen al tabaco puede
agudizar más su padecimiento".
Así mismo, expresó
que el “vapeo” está siendo utilizado como un instrumento que no afecta la salud
y se ignora que puede contribuir a aumentar el asma, las rinitis alérgicas y
las afecciones bronquiales. En consecuencia, es necesario darlo a conocer
también conjuntamente con la resolución 000066 y la Ley General de Salud 42-01.
La resolución 000066
fue socializada con el Servicio Nacional de Salud SNS y el Colegio Médico
Dominicano CMD durante una reunión virtual encabezada por el ministro de Salud.
En ella estuvieron los doctores Senén Caba y Mario Lama quienes se
comprometieron a hacer cumplir las disposiciones contenidas en dicha resolución.
Para su
cumplimiento, el documento debe ser publicado en los portales web de los
diferentes establecimientos e instituciones de salud y en el entorno de estos
lugares para orientar a las personas,. Además se debe concientizar al personal
sobre la importancia de la misma.