La
Dirección General de Impuestos Internos (DGII) desmintió este miércoles las
afirmaciones de sectores médicos sobre la supuesta creación de nuevos impuestos
a través de la Norma 04 – 2022 Sobre Incorporación, Permanencia, Exclusión y
Declaración Jurada en el Régimen Simplificado de Tributación (RST).
La institución
explicó mediante un comunicado que el objeto de esta Norma General es
establecer el procedimiento de incorporación, permanencia y exclusión del
Régimen Simplificado de Tributación (RST), así como regular los aspectos de
validación de propuestas, tratamientos aplicables para la exención contributiva
y para retenciones no realizadas, en las modalidades de compras e ingresos.
Es decir, el
propósito de esta normativa es regularizar las distorsiones operativas que
existían y que permitían a los acogidos al RST beneficiarse de más de una
exención contributiva.
En el Régimen
Simplificado de Tributación existe un registro de 20,500 contribuyentes
divididos en 16,500 profesionales liberales y 4,000 personas jurídicas. De
estos 7,500 son médicos.
De los registrados
en el Régimen Simplificado de Tributación 4,400 médicos tienen ingresos anuales
promedio de 3.3 millones de pesos. Es este segmento de los galenos donde se
apreciaría la corrección de la distorsión mediante la Norma 04-2022.
Sin embargo, esta
Norma General no tendría ningún efecto impositivo en el 39 % de los médicos
acogidos en el RST, así como tampoco al 62 % de todos los profesionales
liberales bajo esta modalidad.
En tal sentido, se
hacía necesario que, en el marco de la simplificación, este comportamiento
fuese corregido por medio de un ajuste positivo en la Declaración Jurada de
Impuesto Sobre la Renta para persona física del Régimen Simplificado de
Tributación basado en ingresos (RSI), que es lo que vino a precisar y aclarar
la Norma General 04-2022.
Respecto al
argumento de que la Norma General sería violatoria del principio constitucional
de irretroactividad, se tiene a bien recordar que la exención contributiva, al
no ser parte de la base imponible del Impuesto Sobre la Renta, no está sujeta
ni depende de la periodicidad de su hecho generador, como tampoco pasa con los
créditos a los impuestos determinados.
Se destaca que el
proyecto de esta Norma General agotó un proceso de consulta pública, desde el
martes cuatro (04) hasta el martes dieciocho (18) de enero de 2022, el cual
recibió tres (03) comentarios de contribuyentes y un gremio, los cuales fueron
en su mayoría incorporados.
Esta Dirección
General de Impuestos Internos, siempre estará dispuesta a escuchar a los
sectores económicos del país y aclarar cualquier inquietud o interpretación de
la ley o medida administrativa que esté en proceso o se haya tomado. Por ello
se llevó a cabo en la tarde de este martes 08 febrero un encuentro con la
Directiva del Colegio Médico Dominicano encabezada por su presidente el doctor
Senén Caba, el cardiólogo Fulgencio Severino y otras autoridades.
Para el próximo
lunes 14 se acordó una reunión de seguimiento con la dirigencia del CMD.
Tabla de retenciones
De igual manera, se
explica a toda la población que desde el año 2017 la tabla de retenciones de
personas físicas en general no sufre ninguna variación y que la DGII como órgano
recaudador tiene la obligatoriedad de publicar dicha información al ser una
disposición del Congreso Nacional.