La Fundación Institucionalidad y Justicia
(FINJUS) recuerda a ADP que tribunales han fallado en su contra por llamar a no
asistir a clases
“Que la ADP se arrogue una función
institucional que no le corresponde, al desconocer las decisiones de los
órganos e instituciones que por mandato constitucional y legal están llamados a
regular y adoptar las medidas que se requieran para asegurar el normal funcionamiento
de la vida nacional”.
“Desconociendo los llamados de las
autoridades educativas, de la salud y de amplias capas sociales, la ADP reitera una conducta que en
ocasiones anteriores ya ha sido sancionada por los tribunales de la Republica,
que es la de afectar el derecho a la educación de niños y adolescentes
dominicanos por adoptar decisiones al margen de los mecanismos previstos
por las leyes”, indica la Finjus.
En el 2017, la Primera Sala de la Cámara
Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Barahona,
ordenó a la ADP de
esa provincia levantar en lo inmediato la suspensión de la docencia que empezó
el 16 de enero del 2017 y a convocar a la clase magisterial e integrarse a su
labor docente en los distintos centros educativos que le son vinculados.
Ademas, les impuso el pago de RD$50,000 a
la seccional de Barahona de la ADP por
cada dÃa que incumpliera en levantar el paro de docencia. En su sentencia el
tribunal argumentó que el conflicto “que los ha llevado a la huelga es entre el
gremio y el Ministerio de Educación, y los estudiantes no deben ser un medio
para solucionarlo. La sentencia fue luego confirmada por el Tribunal
Constitucional en el 2019.