A partir
del 31 de enero, todos los servidores públicos de las instituciones del Poder
Ejecutivo deberán presentar una copia de su tarjeta de vacunación con tres
dosis de la vacuna contra la COVID-19, para ingresar a sus lugares de trabajo.
Así lo dispuso el
Ministerio de Administración Pública (MAP), mediante la circular núm. 0036969
del 29 de diciembre de 2021, que establece el protocolo a ser adoptado por las
instituciones públicas, en atención a los lineamientos sanitarios de la
resolución núm. 000069 dictada por el Ministerio de Salud Pública (MSP).
“Con efectividad al
lunes 31 de enero de 2022, todos los servidores públicos, para poder ingresar a
sus respectivos lugares de trabajo, deberán presentar una copia de su tarjeta
de vacunación con por lo menos tres dosis de la vacuna contra la COVID-19,
además de depositar una copia de la misma en el Departamento de Recursos
Humanos de la institución”, especifica la circular del MAP.
La medida, que fue
firmada por el ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, indica
que, a la entrada en vigencia de la normativa, los servidores públicos que no hayan
recibido las tres dosis de la vacuna, deberán presentar al departamento de
Recursos Humanos de su institución, cada lunes a primera hora, de manera
recurrente y antes de ocupar su posición de trabajo, una copia del resultado
negativo de una prueba PCR realizada el sábado o domingo anterior, por el MSP o
un laboratorio autorizado.
“Esta medida dejará
de ser aplicable 14 días después de que el servidor reciba su tercera dosis de
la vacuna contra la Covid-19”, aclara Castillo Lugo en la misiva, que fue dirigida
a los ministros, al contralor general de la República, al consultor jurídico
del Poder Ejecutivo, a los directores generales, nacionales y ejecutivos, igual
que a los administradores generales y nacionales de órganos y entes del Poder
Ejecutivo.
Asimismo, explica
que cuando algún servidor público por razones médicas no puedn vacunarse, a los
fines de acudir a sus lugares de trabajo y hacer uso de los medios de
transporte institucionales, deberá presentar ante el Departamento de Recursos
Humanos de su institución, un permiso especial expedido por el Ministerio de
Salud Pública, conforme al párrafo I del artículo tercero de la Resolución núm.
000069 del MSP.
“Los servidores
públicos que se nieguen a respetar las disposiciones y protocolos establecidos por
las resoluciones y circulares vigentes, serán sujetos de aplicación de las
sanciones que correspondan, según la gradación de las faltas establecidas en el
régimen disciplinario, previsto en el artículo 81 y siguientes de la Ley núm.
41-08, de Función Pública”, advierte el titular del MAP.
Respecto a la
recepción de visitantes y atención al público, la circular dispone que las
instituciones públicas solo podrán recibir personas hasta el 75% de su
capacidad total de aforo.
Por igual, las
personas de 18 años o más que visiten las instituciones públicas a partir del
31 de enero, deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de
vacunación con por lo menos tres dosis de la vacuna, ambos en original o en
copia legible, física o digital.
Además, se mantienen
el uso de mascarillas, el lavado frecuente de manos y el respeto del
distanciamiento físico para todos los servidores públicos y para todas las
personas que acudan a las instituciones públicas.
Los departamentos de
Recursos Humanos de las instituciones públicas sujetas a estas disposiciones,
deberán remitir al MAP, a través del correo electrónico rrhh@map.gob.do,
las informaciones relativas a las cantidades de servidores públicos pendientes
de recibir la primera, segunda, tercera o dosis de refuerzo de la vacuna contra
la Covid-19.
En el mismo sentido,
deberán informar si requieren de la instalación de unidades móviles de
vacunación.
“Aprovechamos para
exhortar a todos los funcionarios a motivar a los servidores públicos bajo su
supervisión, para que completen su ciclo de vacunación contra la COVID-19, de
acuerdo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias”, concluyó
Castillo Lugo.