Aprovado en segunda lectura en la Cámara de Diputados, el proyecto de Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, prohíbe montar niños en motocicletas, estableciendo sanciones a quienes lo hagan.
El diputado Tobías Crespo, quien es el autor del proyecto, del que fue aprobado con 139 votos favorables y uno en contra, también faculta a los ayuntamientos a establecer la locación de paradas para motoconchistas, cuando entre en vigencia este proyecto, que aún le falta el voto de los senadores.
También establece que solo dos personas podrán transportarse en motos, con sus cascos protectores, y cuando se trata del servicio de “motoconcho”, con chalecos reflectores que les identifiquen, si transitan en la noche.se obliga a que las dos personas que se movilicen en una motocicleta lleven cascos protectores, en el casco debe estar el número de placa, al igual que en el chaleco, los motoconchistas deberán estar provisto de un seguro, licencia categoría uno, sus luces y espejos retrovisores y sistema de escape de sonido como vino de fábrica.
El diputado Crespo afirmó que se deben ser sancionados los violadores de la ley, para disminuir las estadísticas, indicando que del 100% de las multas solo se cubre un 3%, lo que constituye un mensaje para el ciudadano de que pueden seguir cometiendo infracciones sin que eso tenga consecuencias.