El objetivo de la ley 169-14 es garantizar la aplicación estricta, objetiva y eficaz, para que beneficie a quienes corresponde legÃtimamente, al tiempo que establece los controles necesarios para evitar cualquier abuso de la misma.
La Ley 169-14, dispone expresamente en su artÃculo 12, que el Poder Ejecutivo debe dictar un reglamento para la aplicación de los CapÃtulos II (Del Registro de hijos de extranjeros nacidos en la Republica Dominicana) y III (De la Naturalización).
Hasta el momento apenas se han podido identificar unas 13 mil personas que han acudido a recuperar sus documentos, del listado de 55 mil a los que la Junta Central Electoral (JCE) le reconoció su estatus legal en 2015, inform el Coordinador Residente del Sistema de las Naciones Unidas (ONU) en el paÃs, Lorenzo Jiménez de Luis.
Jimenez quien valora el papel facilitador que desde las instituciones del Estado se ha jugado para resolver el problema y afirma que, aunque en algunos casos se confrontaron dificultades, todas se han resuelto una vez se denunciaron.
Acerca del Plan Nacional de Regularización destacó que el Gobierno dominicano lo ha llevado a cabo siendo extremadamente respetuoso de los derechos humanos. “No ha habido deportaciones masivas y no ha habido una polÃtica estatal de deportación”.